Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas
DECRETO SUPREMO N° 129-2004-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 809, se aprobó la Ley General de Aduanas, cuyo texto, desde su vigencia, ha sido complementado y/o modificado por diferentes dispositivos legales;

Que, por Decreto Legislativo Nº 951, se modifica la Ley General de Aduanas y se establece en su Artículo 68º que, en un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, se aprobará el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, por Decreto Supremo refrendado por el Titular de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto en Artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 951;

DECRETA:

Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, el cual consta de diez (10) Títulos, veintiún (21) Capítulos, veintisiete (27) Secciones, ciento catorce (114) Artículos, nueve (9) Disposiciones Complementarias, tres (3) Disposiciones Transitorias, seis (6)

Disposiciones Finales y un (1) Glosario de Términos Aduaneros; el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas